Información general   
 
 
1. La conformación de los CCDS se da en tres ámbitos:

a) Nacional con un Consejo Nacional,
b) Regional con seis Consejos Regionales, y
c) Estatal con treinta y dos Consejos Núcleo, uno en cada entidad federativa del país.

 
2. Cada Consejo Núcleo se integra de la siguiente manera:

a) Dos representantes de cada uno de los sectores de la sociedad civil mencionados en el capítulo III de la presente Convocatoria, electos por votación.
b) Un(una) representante del Poder Legislativo Local,
c) Un(una) representante del Poder Ejecutivo Estatal,
d) Un ciudadano o ciudadana que represente al órgano consultivo estatal con temática ambiental, y
e) El Delegado o Delegada de la Semarnat en la entidad federativa correspondiente, quien tendrá a su cargo la Secretaría Técnica del Consejo Núcleo.

Las personas a que se refieren los incisos b), c) y d) de este numeral, se incorporarán al Consejo Núcleo por invitación de la Delegación Federal de la Semarnat respectiva.
 
3. El cargo de Consejero o Consejera es honorífico, por lo que las personas no reciben pago alguno por su participación en cualquiera de las sesiones de trabajo o eventos en los que representan a los Consejos.
 
Para mayor información, visite el Micrositio: http://consejos.semarnat.gob.mx/main_page.html
 
   
 

Ultima Actualización:  13 de octubre de 2011
 
  por Unidad Coordinadora de Participación Social y Transparencia   
     

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