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Información general
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- 1. La conformación de los CCDS se da en tres ámbitos:
- a) Nacional con un Consejo Nacional,
- b) Regional con seis Consejos Regionales, y
- c) Estatal con treinta y dos Consejos Núcleo, uno en cada entidad federativa del país.
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- 2. Cada Consejo Núcleo se integra de la siguiente manera:
- a) Dos representantes de cada uno de los sectores de la sociedad civil mencionados en el capítulo III de la presente Convocatoria, electos por votación.
- b) Un(una) representante del Poder Legislativo Local,
- c) Un(una) representante del Poder Ejecutivo Estatal,
- d) Un ciudadano o ciudadana que represente al órgano consultivo estatal con temática ambiental, y
- e) El Delegado o Delegada de la Semarnat en la entidad federativa correspondiente, quien tendrá a su cargo la Secretaría Técnica del Consejo Núcleo.
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Las personas a que se refieren los incisos b), c) y d) de este numeral, se incorporarán al Consejo Núcleo por invitación de la Delegación Federal de la Semarnat respectiva.
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- 3. El cargo de Consejero o Consejera es honorífico, por lo que las personas no reciben pago alguno por su participación en cualquiera de las sesiones de trabajo o eventos en los que representan a los Consejos.
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- Para mayor información, visite el Micrositio: http://consejos.semarnat.gob.mx/main_page.html
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Ultima Actualización:
13 de octubre de 2011
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por
Unidad Coordinadora de Participación Social y Transparencia
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