
DECRETO
Artículo primero. Se expide el Programa de Ordenamiento Ecológico Regional del Estado de Querétaro.
Artículo segundo. La aplicación del presente decreto es competencia del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro por conducto de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, sin perjuicio de las atribuciones de otras dependencias estatales, federales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo tercero. El ordenamiento ecológico regional del Estado de Querétaro, se crea como un instrumento de política ambiental, para propiciar medidas conducentes para programar, regular, inducir y evaluar el uso de suelo y el manejo de los recursos naturales, a fin de proteger el ambiente y lograr su aprovechamiento sustentable.
Artículo cuarto. Lo contenido en este decreto es de observancia obligatoria en el Estado de Querétaro.
Artículo quinto. Los actos que contravengan las disposiciones contenidas en el presente decreto serán sancionados conforme a la normatividad aplicable.
Artículo sexto. El proceso de ordenamiento ecológico regional del Estado de Querétaro se llevará a cabo de acuerdo a lo establecido en el Programa de Ordenamiento Ecológico Regional del Estado de Querétaro.
(ver la versión completa del Decreto publicado el día 17 de abril de 2009 en el Diario Oficial "La Sombra de Arteaga", 7196 kb)
Decreto Ordenamiento Ecológico Querétaro.pdf